Las medidas más relevantes, en materia de limitación de derechos fundamentales y empresariales son:
- Cierre perimetral de la Comunidad Valenciana. Se prorroga hasta el próximo 31 de enero, por lo tanto no está permitido entrar ni salir salvo causa justificada, como por motivos laborales o para regresar al domicilio.
- Adelanto del “toque de queda”. El toque de queda se ha adelantado a las diez de la noche y se mantendrá activo hasta las seis de la mañana.
- Restricción de horarios de la hostelería y restauración. Los establecimientos de restauración y hostelería deberán cerrar sus puertas a las cinco de la tarde.
- Limitación número comensales por mesa y distancia entre mesas. En la hostelería el máximo de comensales por mesa, pasa de seis a cuatro personas, tanto en el interior como en las terrazas. La distancia entre mesas será de 2 metros en interior y de 1,5 metros en terraza.
Sin embargo, las actividades de restauración de servicio a domicilio o de recogida por la clientela en el establecimiento con cita previa se podrán llevar a cabo durante el horario de apertura del establecimiento con el límite horario del toque de queda nocturno.
- Otras obligaciones vinculadas a la restauración. Queda prohibido fumar en terrazas de establecimientos y el uso de la mascarilla cuando no se está consumiendo es obligatorio.
- Restricción de aforo en comercios. Con la entrada en vigor de esta norma y hasta el próximo 31-enero, los comercios limitarán su aforo al 30 % (antes 50 %).
- Confinamiento total en un total de 29 localidades con incidencia crítica. Quedan confinadas un total de 14 días. Se trata de los municipios de Borriol, Atzeneta del Maestrat, Soneja y Jérica, en la provincia de Castellón; Alcoy, Castalla y Polop, en la provincia de Alicante; y Llíria, Ayora, Utiel, Sollana, Guadassuar, Oliva, Daimús, Canals, Benigànim, Xàtiva, Moixent, Ontinyent, Cheste, Sinarcas, Anna, Quatretonda y Bonrepòs i Mirambell, y del conjunto de municipios de Alfafar, Benetusser, Massanassa, Sedaví y Llocnou de la Corona, considerándolos a estos, en su conjunto, como un único núcleo poblacional.
En las localidades con confinamiento perimetral se cierran los establecimientos de hostelería, restauración y ocio, salvo que se preste servicio de comidas para llevar o a domicilio. Además, también cerrarán centros sociales, casinos, clubes y establecimientos de análoga naturaleza; así como gimnasios, centros deportivos, parques y jardines. Además, se modifican los aforos en los velatorios, entierros y ceremonias fúnebres. De esta forma, podrán realizarse con un aforo del treinta por ciento y un límite máximo de quince personas en espacios al aire libre o de diez personas en espacios cerrados. En el caso de bodas o bautizos, se limita el aforo a un tercio, con un máximo de quince personas en espacios al aire libre o de diez personas en espacios cerrados, entre familiares y personas allegadas.
Via Nemesio abogados y asesores (Torrent)