- Comercio y cultura
- Ocio nocturno
- Hostelería y restauración
- Gimnasios y piscinas
- Banquetes y congresos
- Acontecimientos deportivos
RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la Covid-19,
para el periodo comprendido entre el 7 y el 27 de septiembre de 2021
Actualización Medidas #COVID19
Actualització de Mesures #COVID19 en la Comunitat Valenciana
Actualización de las Medidas #COVID19 en la Comunitat Valenciana
En vigor a partir del 9 de mayo y durante los siguientes 15 días,
Actualización Medidas #COVID19 en la Comunidad Valenciana
Actualización de medidas en materia de:
Descarga en DOGV aqui:
Via martinez-abad.es y rindemas.com
Movilidad y medidas de prevención
ENTRADA EN VIGOR A LAS 00:00h DEL 1 DE MARZO Y HASTA LAS 23.59 DEL 14 MARZO DE 2021
CIRCULACIÓN
· La libertad de circulación y movimiento de las personas en horario nocturno se mantiene entre las 22:00 y las 06:00 horas en todo el territorio de la Comunitat Valenciana, salvo excepciones justificadas.
· Se suprime la limitación de movilidad durante los fines de semana y días festivos de los municipios y grupos de municipios afectados por el anterior perimetraje.
· Se mantiene la limitación de movilidad de entrada y la salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana.
RELACIONES SOCIO-FAMILIARES
· La participación en cualquier agrupación o reunión de carácter familiar y/o social, se limitará a un número máximo de 4 personas en espacios públicos y 2 en privados, excepto en el caso de personas convivientes.
ESTABLECIMIENTOS DE RESTAURACIÓN Y HOSTELERÍA (BARES, CAFETERÍAS Y RESTAURANTES –INCLUIDOS LOS DE LOS HOTELES-)
· INTERIOR: Cerrado
· EXTERIOR: terrazas al aire libre al 75% de su aforo. Se mantiene la prohibición de fumar.
· OCUPACIÓN DE MESAS:
o Máximo 4 personas por mesa o agrupaciones de mesas.
o El consumo será siempre sentado en mesa.
· Cierre a las 18:00 horas.
ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES
· Cierre de los establecimientos y actividades no esenciales a las 20:00 horas.
· Las actividades esenciales cierran a su horario habitual.
· El aforo de comercios será del 50 %
PARQUES Y ZONAS DE ESPARCIMIENTO AL AIRE LIBRE
· Los jardines y zonas de esparcimiento al aire libre permanecerán abiertos desde las 06:00 a las 22:00 horas, siendo obligatorio su cierre nocturno.
· Se mantendrán las medidas de distanciamiento físico e higiene y prevención previstas.
ACTIVIDAD FÍSICA, DEPORTE, INSTALACIONES Y ACONTECIMIENTOS DEPORTIVOS
Se podrá realizar actividad física y deportiva, sin contacto físico, en las modalidades individuales y aquellas que se practican en pareja
Grupos máximos de 4 personas por monitor.No será obligatorio el uso de mascarilla.
Escolares (infantil y primaria): fuera de la jornada escolar, un máximo de 4 personas sin contacto y sin público
Los deportistas federados, universitarios y juegos deportivos reinician los entrenamientos y las Competiciones oficiales.
Continúan suspendidas:
Las competiciones, actividades y acontecimientos deportivos organizados por entidades públicas y privadas
El uso de instalaciones deportivas: pabellones municipales, gimnasios, etc
Acontecimientos deportivos, excepto los expresamente permitidos.
Vehículos privados
Se permite el uso compartido de vehículos privados, llevando todos los usuarios mascarilla. No obstante, las personas que residan en la misma vivienda podrán compartir, sin que sea necesario el uso de mascarilla, un mismo vehículo.
En el caso de las motos (conductor y pasajero) es obligatorio el uso de guantes y casco integral con visera o mascarilla, si no se convive en el mismo domicilio.
Distancia de seguridad interpersonal
Deberá cumplirse el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal establecida de, por lo menos, 1,5 metros o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, con uso de mascarilla de higiene adecuada y etiqueta respiratoria.
Mascarillas
Las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de la mascarilla en todo momento en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o abiertos al público.
El uso de la mascarilla será expresamente obligatorio durante la práctica de actividad física o deporte dentro de los núcleos urbanos y en los espacios al aire libre, en horario de 10:00 horas hasta las 19:00 horas.
La obligación contenida en los apartados anteriores no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o
dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla o que por su situación de discapacidad o dependencia no dispongan de autonomía para quistarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización y en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad.
Actividad física y paseos
Se podrá practicar actividad física y deportiva, al aire libre y fuera de instalaciones deportivas, sin contacto físico y en las modalidades individuales y aquellas que se practican por parejas solo en caso de convivientes.
El número máximo de personas que se podrán juntar para la realización de actividad física al aire libre/modalidades individuales (senderismo, ciclismo, running o grupos de entrenamiento de modalidades individuales al aire libre) será el establecido para la limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados.
Deporte y espectáculos deportivos
Entrenamiento medio en ligas no profesionales federadas
Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales federadas podrán realizar entrenamientos tácticos en grupos de hasta un máximo de 30 personas, evitando contacto físico.
Las instalaciones deportivas cubiertas, al aire libre y centros deportivos se organizarán por turnos horarios y se permite la actividad en grupos de hasta 20 personas en espacios cerrados y 30 en abiertos, sin contacto físico. Se podrán utilizar los vestuarios.
Piscinas recreativas y playas
Piscinas recreativas
Se pueden abrir al público las piscinas recreativas, así como las de alojamientos turísticos y urbanizacines privadas, y a ellas puede acceder cualquier persona siempre que se mantenga el aforo máximo del 50% al aire libre y 1/3 en instalaciones cerradas.
Si no se pueden mantener la distancia de seguridad entre usuarios se reducirá el aforo.
Las normas de higiene y prevención se recordarán a los usuarios de piscinas y playas mediante cartelería visible o mensajes de megafonía, así como la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el COVID-19.
Se debe establecer una distribución espacial de usuarios para garantizar la distancia de seguridad mediante señales en el suelo limitando los espacios. Los objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro de seguridad.
Playas
En las zonas de estancia de los usuarios, se debe establecer una distribución espacial para garantizar la distancia de seguridad de al menos dos metros entre los usuarios mediante señales en el suelo limitando los espacios.
Todos los objetos personales, como toallas, tumbonas y elementos similares, deben permanecer dentro del perímetro de seguridad de dos metros establecido, evitando contacto con el resto de usuarios.
Se recomienda que los ejes de las sombrillas no se instalen a distancias inferiores de 4 metros.
Se permite la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, permitiendo mantener una distancia mínima de dos metros entre los participante.
Se podrá hacer uso de las duchas, aseos y vestuarios limitando la ocupación a una persona.
Turismo activo
Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta 30 personas, debiendo concertarse estas actividades preferentemente mediante cita previa.
Se permite la realización de la actividad de guía turístico concertándose preferentemente mediante cita previa y los grupos serán de un máximo de 15 personas al aire libre y 10 en espacios cerrados.
Ver también la pagina Empresas para ver las condiciones de apertura y acceso hoteles, centros turísticos, spas, etc.
Escuelas y parques infantiles
En las escuelas infantiles privadas y escuelas infantiles municipales que imparten el primer ciclo de educación infantil de 0 a 3 años el aforo permitido será del 75% respecto de las plazas autorizadas para cada centro.
El número de participantes por aula dependerá del tamaño de cada aula y se aplicará en todos los casos la ratio de 2,25 m² por persona.
En los parques infantiles recreativos, los niños y niñas deberán mantener una distancia de seguridad de 1,5m, salvo que sean convivientes, que no existe ese límite.
Congresos, Conferencias y Ferias
Se permitirá la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias en pabellones de congresos, salas de conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones similares.
Aforo y distancia de seguridad
En todo momento, dichos eventos deberán cumplir las obligaciones de distancia física, sin superar en ningún caso un aforo del 50%,, debiendo fomentarse la participación no presencial de aquellos que puedan prestar su actividad a distancia.
Esta limitación será de aplicación también a la realización, por parte de personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, de actividades y talleres informativos y de divulgación en el ámbito de la investigación científica y técnica, el desarrollo y la innovación, dirigidos a todo tipo de público, y que tengan por objeto el aprendizaje y la divulgación de contenidos relacionados con la I+D+I.
Cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal se deberá disponer de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.
Condiciones de acceso
Ver también la pagina Cultura para ver las condiciones de acceso a centros culturales, bibliotecas, cines y teatros, salas de exposiciones, etc.
Actividades de tiempo libre para la población infantil y juvenil
Actividades al aire libre
Cuando el desarrollo de las actividades se lleve a cabo al aire libre, se deberá limitar el número de participantes al 50% de la capacidad máxima habitual.
Vía gva.es
El president de la Generalitat, Ximo Puig, ha presentado hoy el plan de choque ‘Resiste’, dotado con 340 millones de euros, y que está dirigido a minimizar los daños y reactivar los sectores económicos más afectados por las restricciones derivadas de la pandemia.
Cuatro bloques de ayudas
Durante su intervención el president ha explicado que el plan de choque se ar-ticula en cuatro bloques: ayudas directas a empresas, autónomos y trabaja-dores afectados por ERTE, dotado con 105 millones de euros; ayudas específicas para sectores con un perjuicio sostenido durante toda la pandemia, con 8 mil-lones de euros; nuevos instrumentos financieros del Insti-tuto Valenciano de Finanzas (IVF) por importe de 100 millones de euros; y el Fondo de Cooper-ación COVID-19, acordado con diputaciones y ayuntamientos, que alcanzará los 127 millones de euros.
Cabe destacar que las distintas ayudas no tendrán un carácter excluyente, por lo que una misma empresa o autónomo podrá optar a más de una prestación de las incluidas en el ‘Plan Resiste’, con el objetivo de que tengan un impacto real en todo el territorio y respondan realmente a las necesidades de las diferentes realidades productivas que se dan dentro de cada sector.
En concreto, dentro del primer bloque de ayudas, las principales medidas esta-blecidas en el plan son una línea de 80 millones de euros de ayudas directas de la Generalitat dirigidas a bonificar hasta el 100% las cuotas a la Seguridad So-cial de las más de 21.000 empresas y 43.000 autónomos de los sectores de alojamiento y hostelería, agencias de viaje, acti-vidades artísticas, recreativas y de ocio.
Asimismo, se contempla conceder 8 millones de euros para los 26.000 autóno-mos más afectados por el cierre total de su actividad o la reducción drástica de los ingresos. Se trata de una ayuda autonómica que será complementaria a la prestación que ya han recibido de la Seguridad Social.
De mismo modo, se ha previsto destinar 17 millones de euros a través de una ayuda directa autonómica a los 48.000 trabajadores que aún hoy continúan en ERTE, y que sufren una situación de reducción de salarios «que se está alargando demasiado», ha asegurado el president.
Además, Puig ha anunciado una línea específica, dotada con 8 millones de eu-ros para el apoyo a las actividades del ocio y el entretenimiento -con especial atención al ocio nocturno- por la restricción sostenida durante estos meses para contener la pandemia y del que se beneficiarán especialmente las salas de fiesta y espectáculos, discotecas, pubs o café teatros.
En el tercer bloque de ayudas, dotado con 100 millones de euros, el president ha anunciado la creación de dos nuevos instrumentos de financiación empresar-ial «con condiciones muy favora-bles», que pondrá en marcha el IVF, «con el objetivo de aportar liquidez y solvencia a las empresas durante 2021».
Se trata, por un lado, de una línea de préstamos bonificados de hasta 750.000 euros para las empresas vinculadas con el ocio, alojamiento y restauración, y actividades conexas, a través de la cual el IVF pretende movilizar 50 millones de euros. Estos préstamos incluyen una parte no reembolsable que podrá alcan-zar según los tramos del crédito hasta el 30%.
Por otro lado, se crea una línea para préstamos participativos, de hasta 800.000 euros, «para empresas con una situación financiera límite y que antes de la pan-demia sí eran viables». Con esta línea, el IVF pretende movilizar otros 50 mil-lones de euros.
Por último, el president ha recordado la creación del Fondo de Cooperación Municipal COVID-19, que se ha ampliado hasta los 127 millones de euros al incluir también ayudas a la artesanía o a otros sectores adosados a la fiesta que están sufriendo en mayor medida las consecuencias de la pandemia.
Para mas información:
https://www.gva.es/es/inicio/area_de_prensa/not_detalle_area_prensa?id=915576
Via Nemesio abogados
Se consideran comercios esenciales (artículo Primero Apartado Segundo) los de alimentación, higiene, farmacias, ortopedias, ópticas, servicios de peluquería y venta de alimentos para animales.
Importante que las empresas dedicadas a varias actividades y entre ellas estén las anteriores, lean el apartado 2 del artículo 1.2 en el que dice que deberán respetarse los aforos y señalizarse el sentido de circulación y barreras físicas que acotan cada espacio.
La norma establece la posibilidad de que dichas empresas presten el servicio de recogida de comida/bebida en el local con cita previa y/o con envío a domicilio.
Frente a estas medidas los autónomos y empresas deben responder con mecanismos, entre ellos:
Además el Consell se ha propuesto solicitar al Gobierno Estatal que el toque de queda se reduzca de las 22:00 a las 20:00 horas pero de momento esta cuestión no ha quedado confirmada.
Dogv 21/01/2021 Conselleria de Sanitat i Salut Pública :