Prestación desempleo por cese de actividad autónomos
Acceso
a la COBERTURA DE DESEMPLEO PARA TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA, DADOS
DE ALTA EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL DE AUTÓNOMOS, en la
situación de declaración de estado de Alarma.
1. Si las actividades económicas son las que han quedado SUSPENDIDAS directamente por la declaración del estado de alarma:
* En general los locales y establecimientos de comercio minorista,
a excepción de los establecimientos comerciales minoristas de
alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad,
establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos
ortopédicos, productos higiénicos, prensa y papelería, combustible para
la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones,
alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o
correspondencia, tintorerías y lavanderías.
* Espectáculos
públicos, actividades deportivas, ocio, verbenas, desfiles, fiestas
populares, parques atracciones, parques acuáticos, zoológicos, ferias y
casetas de feria.
* Actividades de hostelería y restauración en establecimientos abiertos al público.
* Apertura al público de Museos, archivos, bibliotecas, monumentos.
Según
el Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de Marzo (BOE 18-03-2020), se ha
establecido con carácter excepcional y vigencia limitada a un mes, a
partir del 14-03-2020, o hasta el último día del mes en que finalice
dicho estado de emergencia, que los
trabajadores por cuenta propia o autónomos, cuyas actividades queden
suspendidas, y que se acaban de indicar, pueden tener derecho a acceder
a las prestaciones por desempleo. El importe de la
prestación por desempleo será el 70% de su base reguladora. El tiempo
de su percepción se entenderá como cotizado y no reducirá los períodos
de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda
tener derecho en el futuro.
La gestión de esta prestación
corresponde a las MUTUAS colaboradoras con la SEGURIDAD SOCIAL que irán
indicando los protocolos a seguir para el reconocimiento de la cobertura
por desempleo a los trabajadores autónomos, en estas circunstancias
extraordinarias (posiblemente BAJA de actividad económica temporal ante
la AEAT, BAJA temporal RETA y solicitud dirigida a la Mutua de la
prestación por desempleo
Lógicamente, si se trata de autónomos
titulares de empresas que tenían contratados a trabajadores, antes de
solicitar ellos el reconocimiento para sí mismos de la prestación por
desempleo, deberían de dejar tener trabajadores contratados, normalmente
por la vía de la suspensión temporal de dichos contratos con sus
trabajadores.
2. Si las actividades económicas NO son las que han quedado SUSPENDIDAS directamente por la declaración del estado de alarma.
El
artículo 17-1 del Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de Marzo (BOE
18-03-2020), abre la puerta al reconocimiento de cobertura por desempleo
a estos trabajadores autónomos, titulares de estas empresas que NO HAN
TENIDO QUE CERRAR automáticamente, por la declaración del estado de
emergencia, pero que, en el día a día van viendo que, en tanto en cuanto
se mantenga esta situación excepcional, han sufrido una caída
importantísima en su facturación, y NO PUEDEN CONTINUAR.,
Sin
embargo, sólo pueden solicitar dicha cobertura por desempleo, los
trabajadores autónomos, cuando la facturación de sus empresas, en el mes
anterior en el que se solicite la prestación por desempleo, se vea
reducida, al menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación
del semestre anterior, de lo que se deduce que NO PODRÍA SOLICITARSE
ANTES DEL MES DE ABRIL DE 2020.
Lógicamente, si se trata de
autónomos titulares de empresas que tenían contratados a trabajadores,
antes de solicitar ellos el reconocimiento para sí mismos de la
prestación por desempleo, deberían de dejar tener trabajadores
contratados, normalmente por la vía de la suspensión temporal de dichos
contratos con sus trabajadores.
Respecto a todos los autónomos de
este colectivo, en Abril de 2020 habrá tiempo más que suficiente para
que esté absolutamente claro el procedimiento a seguir para conseguir el
reconocimiento de la cobertura por desempleo.
Via Nemesio, Abogados y Asesores (Torrent)